Bajo este concepto, el resultado y efecto patrimonial que el mismo trae aparejado, deben reconocerse en el período en que ocurre el hecho, independientemente del cobro o pago (ingreso o egreso de fondos). Por ejemplo, si realizamos una venta, el hecho se produce (se perfecciona) con la entrega del producto, siendo indistinto para su reconocimiento el cobro o no de la misma.
Entonces, suponiendo que tenemos un patrimonio inicial de $10.000 y realizamos una venta de $2.000 (a efectos de simplificar no se registrará el costo vinculado a la misma), la cual nos quedan debiendo de palabra:
Registración:
Deudores por ventas 2.000
Ventas (resultado positivo) 2.000
El Patrimonio neto queda ahoora en $12.000 ($10.000 + $2.000).
Queda claro como pese a no cobrar la venta (nos deben de palabra) se reconoce el resultado (aplica el principio de devengado).
¿En qué otras situaciones se visualiza este concepto?
Veamos el caso de los alquileres. El alquiler es un gasto y por lo general se abona en los primeros días de cada mes. Ahora bien, ¿cuándo se debe reconocer la pérdida generada por dicho gasto? dado que hasta que no termine el mes no tendremos certeza de si se generará el resultado, es al concluir el mismo cuando se devenga. Entonces, si a comienzo de mes (el 1/6) abonamos $10.000 en concepto de alquiler:
1/6 - Alquieres pagados por adelantado (A+) 10.000
Caja (A-) 10.000
El alquiler abonado es un derecho que tenemos de habitar la vivienda hasta fin de mes, o que en su defecto, se reconozca el mismo. Vemos como no se reconoce aún el resultado, ya que por ejemplo podría ocurrir que el 15/6 nos soliciten desocupar la propiedad. En tal caso:
15-6 Caja (A+) 5.000
Alquileres pagado por adelantado (A-) 5.000
y además:
Alquileres (resultado negativo) 5.000
Alquileres pagados por adelantado (A-) 5.000
En estas dos registraciones del 15/06, por un lado se nos está reconociendo (y devolviendo) la mitad de lo pagado por adelantado, motivo de que no utiizaremos la propiedad en la segunda quincena del mes; y por el otro, recién ahora reconocemos el resultado, ya que se consumó el hecho (habitar el lugar) y hay certeza de que esos $5.000 de alquiler son un gasto (por la primer quincena).
Principalmente, se refleja como los otros $5.000 no se devengaron, dado que no ocurrió el hecho (no se habitó la segunda quincena).
¿Y si se hubiera habitado todo el mes?
A fin de mes, el 30/06, habrá ocurrido el hecho y recién ahí se reconocerá el gasto (se devenga). Queda registrado:
Alquileres (resultado negativo) 10.000
Alquileres pagados por adelantado (A-) 10.000
Queda explícito en el asiento el reconocimiento de resultado (ocurrió el hecho de habitar todo el mes la propiedad) y se acreditan los alquileres pagado por adelantado, dado que ya se hizo uso del derecho que los mismos otorgaban (Utilizar todo el mes el lugar).
Esto fue una demostración de como aplica este principio, aunque también se da habitualmente en otras operaciones, como ser por ejemplo con los intereses. Será tema de otra publicación.